in ,

Asamblea Nacional retomará propuesta para gravar las remesas enviadas al extranjero

Según Rodríguez, con esta propuesta se llena un vacío en la tributación que deben tener los envíos simples de dinero al exterior, a través de las casas de remesas

La Asamblea Nacional volverá a discutir una propuesta para fijarle un impuesto a las remesas o transferencias de dinero enviadas al extranjero, a través de las casas de remesas, las cuales actualmente no son gravadas.

La propuesta la presentó la diputada y primera vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Zulay Rodríguez quien detalló que se trata de las transferencias simples de dinero enviadas al extranjero, de las cuales no se tiene control si dichos fondos han pagado impuesto sobre la renta en nuestro país.

El anteproyecto, según detalló Rodríguez, busca que a todas las remesas que son enviadas al extranjero se les grave una tasa del 12.5%, tal como establece el Código Fiscal que fija el pago de impuestos a las remesas de dineros relacionadas con el pago de honorarios, patentes, know how , contratos de llaves, franquicias, entre otros.

La medida, explicó, ayuda a generar ingresos adicionales al Tesoro Nacional y que las denominaciones del dólar americano no salgan del todo al extranjero, como ocurre hoy día.

De igual manera, precisó que esta medida evitará a corto y mediano plazo que el Estado incurra en el acuñamiento de monedas de denominación de dólar, incrementando el inventario local, monedas que, asegura, no tienen valor de transabilidad en el mercado internacional y que pueden generar impacto en el índice inflacionario a largo plazo.

El documento señala que será objeto de este impuesto renta gravable el que se produzca de cualquier fuente dentro del territorio de la República de Panamá, sea cual fuere el lugar donde se perciba.

Se considerará renta gravable producida dentro del territorio de la República de Panamá la proveniente del trabajo personal cuando consista en sueldos y otras remuneraciones que el Estado abone a sus representantes diplomáticos o consulares o a otras personas a quienes encomienda la realización de funciones fuera del país.

También la proveniente del trabajo personal remunerado con sueldos, salarios, gastos de representación u otras remuneraciones en dinero o en especie que se abone a trabajadores o personas contratadas por razón del ejercicio de su profesión u oficio.

De igual manera, serán gravados los ingresos obtenidos por las empresas de transporte internacional en la parte que corresponde a los fletes, pasajes, cargas y otros servicios cuyo origen o destino final sea la República de Panamá, independientemente del lugar de constitución o domicilio.

Los ingresos derivados de fletes, pasajes y servicios a pasajeros o carga en tránsito en el territorio de la República de Panamá no se considerarán renta gravable.

Esta no es la primera vez que la Asamblea Nacional intenta gravar las remesas enviadas al extranjero.

Durante el periodo legislativo pasado se aprobó gravar con un 7% estas transferencias de dinero a través de un proyecto de ley que establecía este impuesto como una de las fuentes para financiar en parte el incremento a las pensiones de los jubilados y pensionados del país.

A pesar de haber sido aprobado en tercer debate por el pleno de la Asamblea, tras algunos cuestionamientos de sectores empresariales, el proyecto fue vetado por el presidente de la República, Juan Carlos Varela, por inconveniente e inexequible.

FUENTE: La Estrella de Panamá

Medicina Legal no quiere estar bajo el paraguas de nadie

La exorbitante cifra de solicitudes de asilo que tendría que soportar Guatemala de convertirse en tercer país seguro