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Ortega clava más impuestos a productos de consumo

Jabón de tocador y desodorante son algunos de los afectados

El Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (Mific), por medio del acuerdo ministerial 017-2019, ordenó que a partir del 25 de julio, productos como las sardinas enlatadas, sopas preparadas, jabón de tocador, desodorantes corporales y antitranspirantes, lámpara de mano, cepillo de dientes, guantes de plásticos y guantes de caucho comiencen a pagar el Impuesto al Derecho Arancelario de Importación (DAI), cuya tasa oscila entre el 5 y 15 por ciento.

Esta medida del régimen de Daniel Ortega afecta directamente a los consumidores que ven reducido el poder adquisitivo.

La decisión de clavar con el DAI a estos productos fue adoptada en silencio por el Mific, debido a que Ortega necesita recursos para afrontar la caída de la recaudación como consecuencia del impacto de la crisis política en la economía.

Otros productos que fueron afectados por la medida son los aceites refinados de soya, maní, oliva, palma, girasol, de algodón, de coco, de almendra y maní, que ahora en lugar de pagar cinco por ciento se les aplicará un impuesto que oscilará entre 10 y 15 por ciento, según el tipo de aceite.

En la cuerda floja

En la normativa se establece que los productos que aún quedan gozando de exoneración (harina, pastas alimenticias, avena, cebadas, cera vegetal) mantendrán su vigencia hasta el 31 de diciembre de este año, lo que implica que si luego de esa fecha no se renueva la disposición comenzarán a pagar este impuesto.

Este impacto se suma al fuerte golpe que tuvo la reforma a la Ley de Concertación Tributaria, la cual gravó con el 15 por ciento de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a bienes de uso para el hogar como papel higiénico, jabones de lavar y baño, detergente, pasta y cepillo dental, desodorante, escoba, cerillos o fósforo y toalla sanitaria de producción nacional.

El acuerdo ministerial 017-2019 modificó la resolución 073-2008 y sus reformas establecidas en los acuerdos ministeriales 009-2009 y el 016-2009, que exoneraba del cobro del DAI a productos como harina, pastas alimenticias, avena, cebadas, cera vegetal, sardinas, sopas preparadas, desodorantes antitranspirantes, lámparas y cepillos de dientes, que estaban exonerados del cobro del DAI.

En la disposición publicada por el Mific se asegura que “es voluntad de este gobierno mantener una diálogo abierto, franco y permanente con los productores, empresarios y distribuidores de bienes, a fin de encontrar formas y mecanismos que permitan mantener precios razonables, para el beneficio de los consumidores”.

Además señala que la intención del Gobierno es que los bienes de consumo básico, sus insumos y materias primas lleguen a precios razonables a la población.

FUENTE: Hoy!

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