Las nuevas Secretarías de Estado recién creadas por el presidente Nayib Bukele no tendrán asignación presupuestaria ni existencia jurídica mientras la Asamblea Legislativa no las apruebe, pero es el caso que en el proyecto de reforma de la Ley de Salarios vigente enviada por el mandatario a la Asamblea no las contempla.
“La Ley de Salarios solo puede modificarla el (Órgano) Legislativo, los contratos por el contrario se manejan por asignaciones globales, las que normalmente se regulan vía resoluciones ejecutivas”, explicó el abogado constitucionalista Francisco Bertrand Galindo.
El abogado constitucionalista y diputado de ARENA, René Portillo Cuadra, coincidió con la posición de Bertrand Galindo y añadió que no pueden avalar algo que contraríe la ley y la Constitución, ya que el artículo 131 numeral 9 de la Carta Magna dice que corresponde a los diputados “crear y suprimir plazas, y asignar sueldos a los funcionarios y empleados de acuerdo con el régimen de Servicio Civil”.
Ambos coinciden en que si bien es facultad del Presidente reorganizar la parte administrativa en lo concerniente a la Presidencia de la República; es potestad de la Asamblea por Constitución avalar la supresión o creación de plazas, ya que éstas se pagan con fondos estatales.
“Tiene que incluir la creación de estas plazas, si es una reforma a la Ley de Salarios, en todo caso es una nueva plaza y esa nueva plaza solamente la puede autorizar la Asamblea Legislativa”, informó el diputado Portillo Cuadra.
Cuando el presidente Bukele asumió el 1 de junio, suprimió en Casa Presidencial 698 plazas de un total de 1,334 puestos que habían sido creados durante los dos gobiernos del FMLN desde 2009 a 2019. Entre esas plazas abolió todas las Secretarías de Estado, excepto la de Comunicaciones.
Según la propuesta de reforma a la Ley de Salarios vigente que Bukele remitió a la Asamblea, eliminó las siguientes Secretarías: para Asuntos Legislativos y Jurídicos; de Participación Ciudadana, Transparencia y Anticorrupción; de Gobernabilidad; de Inclusión Social; Técnica y de Planificación de la Presidencia.
Pero a la vez creó otras instancias: la Secretaría de Comercio e Inversión, a cargo de Jorge Kattán; la Secretaría de Innovación dirigida por Vladimir Hándal; el Comisionado Presidencial de Proyectos Estratégicos, para lo cual nombró a Luis Eduardo Rodríguez; y a la Comisionada Presidencial de Operaciones y Gabinete de Gobierno, Carolina Recinos, las que fueron dadas a conocer en su primera reunión del Consejo de Ministros del 2 de junio.
“Se introdujeron reformas al Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, a través de las cuales se modificó la estructura de la Presidencia de la República, así como se organizó el Órgano Ejecutivo, atendiendo las potestades constitucionales que se poseen sobre la organización interna del mismo”, reza el considerado II del decreto ejecutivo enviado a la Asamblea.
En ese documento de cambios a la Ley de Salarios de 2019 que fue recibido por la Asamblea el 12 de junio y enviado por el pleno a estudio de la Comisión de Hacienda legislativa, no se detallan los nuevos puestos ni el salario que devengarán los mismos, pese a que son fondeados con dinero del Estado.
En la propuesta se detalla que debe de sustituirse la Ley de Salarios aprobada en diciembre de 2018. En su artículo 1 reza que la reforma debe hacerse al Apartado I, de “Salarios con aplicación al Presupuesto General del Estado, en la parte correspondiente a la Institución 0500 Presidencia de la República”.
Pero para hacerlo, Portillo Cuadra refiere que Bukele debe incluir las plazas de las nuevas Secretarías. “No se trata de bloquear al Presidente, se trata de hacer bien las cosas, de hacer esto bajo el procedimiento que la ley y la Constitución dicen, si hay un dato que haga falta se trata de decirle al Presidente que lo mande, no se trata de bloquearlo, se trata de hacer un procedimiento correcto”, añadió.
Al eliminar plazas del Estado se deben considerar varios aspectos: “la posibilidad de ahorro de la institucionalidad; que se indemnice a las personas cesadas; que se transfiera a otra cartera de Estado; o que se mande al Fondo Nacional”, dice Portillo Cuadra, sólo en el caso de que la transferencia presupuestaria sea dentro de la misma institución no necesita de la aprobación de la Asamblea, subrayó.
En el artículo 2 del decreto del presidente explica que los recursos disponibles por la reducción de plazas se destinarán al pago de la indemnización a la que tienen derechos los despedidos según lo regulado en la Ley del Servicio Civil.
Luego en el artículo 3 del mismo decreto expresa que después de pagar las compensaciones de ley a los destituidos el dinero que sobre “podrá ser utilizado para reforzar el gasto de funcionamiento de las nuevas Secretarías que han sido creadas” y faculta al ministerio de Hacienda a cumplir con lo dispuesto, es decir, que el remanente se distribuirá en la misma Presidencia, por lo que no necesita del aval de los diputados.
Pero es el caso que las Secretarías recién creadas no están reflejadas en el decreto de reforma a la Ley de Salarios, exceptuando al Secretario Jurídico, Conan Castro, cuyo cargo ostentará en calidad ad-honorem.
Se buscó respuesta en la gerencia de comunicaciones pero no contestaron ni tampoco de GANA.