El Consejo Nacional Electoral (CNE, antes TSE) deberá ser escogido por una Junta Nominadora integrada por representantes de la sociedad civil, según el proyecto de ley entregado al Congreso por la Organización de Estados Americanos (OEA).
Conforme al artículo 65 del referido proyecto, la Junta Nominadora estará compuesta por un representante de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), el Colegio de Abogados de Honduras (CAH) y tres miembros de la junta directiva del Congreso Nacional.
Los magistrados propietarios durarán en sus cargos cinco años pero no podrán reelegirse más de una vez. En el caso de los suplentes, no tendrán voto pero sí ejercer otro empleo ajeno a su función electoral.
La propuesta de la OEA mantiene las reglas en la integración de las Mesas Electorales Receptoras (MER), dejando que sean los partidos quienes los escojan, contrario a la ciudadanización que viene pidiendo la sociedad civil y algunos partidos políticos.
Al igual que la ley vigente, el proyecto del organismo continental permite las alianzas y fusiones de movimientos y partidos, tanto en las primarias como en las generales, pero la fotografía del candidato solo aparecerá una vez en la planilla.
Entre otras novedades del referido proyecto, crea asimismo un bono adicional de 20 lempiras para cada voto válido en el nivel electivo más votado, además de un fondo especial para cada proceso electoral, consignado en el Presupuesto General de la República.
PARIDAD DE GÉNERO
En lo que concierne a la paridad de género en la integración de las planillas en todos los niveles electivos, la OEA recomienda el 50 por ciento para hombres y 50 por ciento para las mujeres guardando la relación hombre-mujer o mujer-hombre, incluyendo las suplencias y cuando la planilla sea impar, el cupo será para una fémina.
Bajo ningún punto podrán estar dos hombres seguidos.
Adicionalmente, propone a los partidos políticos aprobar internamente, con la participación sin discriminación de personas de ambos sexos y a través de la autoridad competente, una política de género e igualdad de oportunidades, cuyo cumplimiento será supervisado por el Consejo Nacional Electoral.
Asimismo, el artículo 25 de la iniciativa ordena al Consejo Nacional Electoral, incorporar en sus mecanismos de comunicación con la ciudadanía el lenguaje de señas.
FUENTE:La Tribuna