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Estado no pagará doble salario a los suplentes

Este deber legal se planteó desde el año 2015 y fue tratado, tanto en la Corte Suprema de Justicia, como en la Asamblea Nacional.

Emelie García Miró, presidenta de la Asociación de Diputados Suplentes de la Asamblea Nacional (AN) no quiso reaccionar ayer, luego de que el contralor general, Gerardo Solís, manifestó que la decisión de suspenderle el salario a 16 parlamentarios que cobran en otras instituciones del Estado, se mantiene.

García Miró se limitó a indicar que como asociación están preparando un comunicado de prensa frente a la decisión adoptada por Solís, el cual hará publico en los próximos días.

Hay que destacar que la decisión de Solís se da luego que el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por unanimidad, mantuviera la decisión de la  Contraloría General de suspenderle los pagos a los diputados suplentes del Órgano Legislativo que cobraban doble sueldo.

Dicha decisión, se adopta luego que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) negara una acción de amparo de garantías constitucionales interpuesta a favor de 16 diputados suplentes, que se encuentran actualmente bajo estas condiciones.

Según un comunicado de la Contraloría, Solís ordenó que se mantenga la suspensión de los salarios, dietas y combustible de todos estos diputados suplentes que realizan trabajos en otra entidad y remitió una nota de dicha decisión al presidente de la Asamblea Nacional, Marcos Castillero.

“Debemos proceder a cumplir con esa decisión, en atención a lo establecido en el párrafo final del artículo 206 de la Constitución Política del Estado que establece que las decisiones de la Corte Suprema de Justicia son finales, definitivas y obligatorias“, puntualizó el contralor Gerardo Solís en el comunicado, divulgado ayer.

Pérdida de curul

Por su parte, el presidente de la Comisión CredencialesRoberto Ábrego, manifestó que en el tema de los diputados suplentes hay dos interpretaciones, como consecuencia de dos escenarios diferentes que se han dado.

Ábrego indicó que el articulo 156 de la Constitución es claro en señalar que ningún diputado principal, ni su suplente pueden aceptar doble remuneración del Estado, ya que si lo hace, automáticamente, acarrea la pérdida de la curul.

 

Fuente: Panamá América

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