El gobierno de Carlos Alvarado, mediante la publicación de varios decretos, ha decidido abrir las puertas del país a la introducción de los llamados residuos peligrosos, “aquellos que por su reactividad química y sus características tóxicas, explosivas, corrosivas, radioactivas, biológicas, bioinfecciosas e inflamables, o que por su tiempo de exposición puedan causar daños a la salud y al ambiente.
Así los define la Ley para la Gestión integral de residuos, No. 8839, que además en su artículo 34 establece la prohibición para su importación y movimiento transfronterizo. Costa Rica también es signataria del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, el cual establece en sus anexos una amplia lista de “residuos peligrosos”.
Esta lista incluye desechos clínicos resultantes de la atención médica, los cuales resultan de la producción y preparación de productos farmacéuticos, así como los desechos de medicamentos y productos farmacéuticos.
También incluye los que contengan cianuros y “sustancias químicas de desecho, no identificadas o nuevas, resultantes de la investigación y el desarrollo o de las actividades de enseñanza y cuyos efectos en el ser humano o el medio ambiente no se conozcan”, además de los residuos de las operaciones de eliminación de desechos industriales.
Otros desechos de este tipo son aquellos que contengan en su constitución berilio, compuestos de cromo hexavalente, de cobre, zinc, así como el arsénico, selenio, cadmio, antimonio, telurio, mercurio, talio y plomo; además de cianuros orgánicos e inorgánicos y asbesto, entre otras sustancias.
Sergio González, coordinador de la Red de Reciclaje y director de la Fundación Centro de Productividad Nacional (Ceprona), criticó que en el país “no podemos con los residuos ordinarios” y recordó que la Ley 8839 manda que “primero tenemos que reducir (la cantidad de desechos), no podemos producir tantos residuos, segundo, tenemos que reutilizar, y luego reciclar. ¿Cómo se va a reducir si se abre el portillo para que ingresen de otros países residuos que ellos no quieren?”.
Por ello, ese ingeniero industrial con 25 años de trabajar el tema de residuos sólidos, mencionó sobre la publicación de los decretos que “es insólito, uno se queda boquiabierto, es absurdo. Más bien tenemos el peligro de que se están agotando los rellenos sanitarios, ¿qué vamos a hacer?”.
Añadió que los decretos son “un problema mayor” pues abren la posibilidad de que “entre cualquier tipo de residuo, estamos hablando de metales pesados, de residuos electrónicos, hules, plomo, la mayor parte de los cuales no se recicla, son de los que otros países y empresas quieren deshacerse. Mucho residuo que el país no tiene capacidad industrial para manejar”.
Puertas abiertas
Desde mayo del año pasado, este Semanario denunció que en el portal del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) se impulsaba la iniciativa de varios decretos que apuntaban en esta dirección -a contrapelo de la ley-, el pasado 22 de enero fueron publicados en La Gaceta.
Se trata, en primer lugar, del decreto 41525-S “Reglamento para el trámite digital de registros y autorizaciones del Ministerio de Salud en la gestión integral de residuos en la plataforma Sinigir”, firmado por el presidente Alvarado y el ministro de Salud, Daniel Salas.
Este decreto establece en su artículo 4 una serie de trámites obligatorios, entre los que incluye la “autorización de movimiento transfronterizo de residuos peligrosos y de manejo especial”. También, abre la puerta a la importación de residuos valorizables y de “equipo electrónico (usado o para reparación)”.
En cuanto al movimiento transfronterizo de este tipo de residuos, el artículo 39 introduce, de manera paralela a las disposiciones del Convenio de Basilea, los criterios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Otro de los decretos es el No. 41527-S-MINAE, “Reglamento general para la clasificación y manejo de residuos peligrosos”, que, como su nombre lo indica, viene a profundizar las determinaciones del 41525-S.
En este caso, se definen los residuos peligrosos como los que “por su reactividad química y sus características tóxicas, explosivas, corrosivas, radioactivas, biológicas, bioinfecciosas e inflamables, ecotóxicas o de persistencia ambiental, o que, por su tiempo de exposición, puedan causar daños a la salud o el ambiente”. Asimismo, se clasificarán así los que defina el Ministerio de Salud en coordinación con el Minae.
Ronald Arrieta es ingeniero en biotecnología ambiental y forma parte de Hacia Basura Cero, una iniciativa de un grupo de profesionales en el manejo ecológico de los residuos sólidos, quienes se unieron “a raíz de las intenciones de algunos alcaldes de introducir la incineración”.
Arrieta, quien trabaja en la Escuela de Química de la UCR, recordó que la incineración entre otros problemas genera gases efecto invernadero y destacó que esa organización ha constatado que “el país no tiene sistema de fiscalización que garantice el cumplimiento de todas las especificaciones de ley, el Ministerio de Salud no tiene capacidad de fiscalización”, por ello, dijo que su preocupación ante estos decretos es aún mayor.
Criticó que, a la luz de estos decretos, las fuentes de trabajo que se puedan crear serán “muy pocas”, pero “los inconvenientes y peligros son enormes”.
Nuevas fuentes de empleo
A solicitud de la oficina de prensa del Ministerio de Salud, se enviaron preguntas por escrito sobre el tema. Las respuestas que se obtuvieron provinieron del ingeniero Eugenio Androvetto, director de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud.
Aunque los cuestionamientos tuvieron que ver específicamente con la contradicción del decreto 41525-S con la prohibición de importar residuos peligrosos, la respuesta del funcionario se refirió nada más al tema de “residuos de manejo especial”, también contenido en la normativa nueva, sin embargo, no fue lo que se le preguntó.
Androvetto añadió que la Ley 8839 establece como objetivo fomentar el desarrollo de mercados de subproductos, materiales valorizables y productos reciclados, reciclables y biodegradables, entre otros. De esta manera, se generan nuevas fuentes de empleo y emprendimientos.
Acotó al respecto que todas las empresas gestoras que desean operar en el país deberán presentar estudios a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) para lograr la viabilidad ambiental, luego tramitarán el Permiso Sanitario de Funcionamiento y el Certificado de Gestor Autorizado, “con el consecuente control por parte del Ministerio de Salud”.
Fuente: Semanario Universidad