Hay fechas que jamás se borran de la mente de un individuo. El expresidente Ricardo Martinelli nunca olvidará que fue el 12 de junio de 2017 cuando lo capturaron los alguaciles federales estadounidenses, en su residencia de Miami, Florida, a eso de las 7:30 de la noche. Desde entonces ha transitado un camino árido para recuperar su libertad.
El exgobernante fue arrestado a solicitud de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) panameña, requerido para enfrentar a la justicia por el caso de escuchas telefónicas y dos delitos de peculado.
Mañana martes 11 de junio, sus abogados solicitarán su libertad ante el Tribunal de Juicio, presidido por el juez Roberto Tejeira.
En caso de que el Tribunal, compuesto por Arleen Caballero y Raúl Vergara, nieguen la solicitud, la defensa podrá apelar la decisión ante el Tribunal Superior. Otra alternativa es interponer un habeas corpus ante la CSJ apelando al año detenido de forma preventiva.
Para la defensa del exgobernante, este escenario es distinto a las múltiples ocasiones en que los Tribunales le han negado fianzas o recursos de habeas corpus .
La defensa apelará al artículo 12 del Código Procesal Penal, que establece un límite de un año de detención preventiva.
Alfredo Vallarino, del equipo de abogados de Martinelli, manifestó a La Estrella de Panamá que interpondrán una solicitud directa al Tribunal Superior para que otorgue la libertad a su cliente y continúe el juicio que se sigue en su contra desde el 11 marzo pasado.
Será el primer paso ante la instancia que tiene el caso. ‘Si no se concede debe presentarse un habeas corpus que será concedido al día siguiente o algo similar’, indicó con seguridad el abogado.
Añadió que con esta petición evaluarán la moral de la Fiscalía y de la Corte Suprema de Justicia. ‘Ellos hace un año dijeron que el plazo se vencía el 11 de junio de 2019. La Corte dijo que se vencía ese día. Así que hay que ver si ellos se van a atrever a decir al país algo distinto. De hecho, tener un fiscal que apelara una decisión como esa sería decirle a la población que al Ministerio Público no le interesa la Ley’, subrayó el jurista.
Pero para el fiscal Aurelio Vásquez, las matemáticas que hace la defensa no son tan exactas. ‘Pareciera que aritméticamente, al cumplirse el año de una detención preventiva, la persona puede o debe salir con otra medida cautelar distinta a la detención. Yo no quisiera adelantarme si la defensa lo va a solicitar o no, lo que sí puedo decir es que ya el Tribunal se ha pronunciado, incluso en un habeas corpus que no era una operación aritmética, porque hay que valorar ciertos hechos’, advirtió.
La conducta del acusado, detalla el fiscal, son ‘las amenazas de demandas, de denuncias, o si es capaz de atentar contra su vida o la de las víctimas. Todo lo que establece el Código Penal se valora para establecer si se puede o no dar. Ya lo demás queda en argumentación aparte del día que se pida, si se va a pedir’.
Como todo lo que se ha dictado en este juicio, una vez más se pone a prueba al sistema.
Si bien para Martinelli y sus abogados el tiempo de encierro parece haber llegado a su fin, ‘la norma habla de excepciones que refiere a casos de naturaleza compleja y de unos supuestos en los que deja una posibilidad de debatir el término que supere este límite’, refiere el abogado penalista Juan Carlos Araúz.
CÓDIGO PROCESAL PENAL
La fiscalía seguramente tendrá una estrategia paralela. Podría plantear los supuestos por los cuales el caso de Martinelli aplica a las excepciones que la norma plantea como límite de un año.
El camino para lograr la excarcelación, explica Araúz, puede ser en una audiencia de control de afectación de derechos y en ella, la defensa debe fijar que su cliente no puede permanecer ni un minuto más detenido. Es posible que la misma coincida con los días cercanos al cumplimiento de un año de detención.
En caso de no conseguir su objetivo, podría apelar la decisión del juez de garantías ante el Tribunal Superior ‘porque se trata de una audiencia similar a medidas cautelares’.
Por otro lado, ante la CSJ pueden interponer un habeas corpus por considerar que el tiempo de detención es ilegal. ‘La norma no dice nada sobre salir del país, sino impone el límite de un año, la fiscalía podría solicitar esas medidas’, consideró Araúz.
Vallarino aspira a que los tribunales descarten una medida de casa por cárcel, pues considera que es igualmente una línea de detención. Sabe que habrá un debate con el Ministerio Público y pronostica que si apelan la libertad de su cliente, buscarán dilatar la medida que lo beneficie.
Por su parte, Omar Sing, abogado del querellante Mauro Zúñiga, recordó que el artículo 224 del Código Procesal Penal estipula las medidas cautelares. Pero también impone ciertas restricciones. Por ejemplo, cuando exista peligro de fuga, cuando la víctima pueda atentar contra sí misma o contra las víctimas y cuando haya peligro de destrucción de pruebas.
Además, indicó Sing, se trata de un proceso ‘especialísimo’ y lo importante es que antes de que Martinelli cumpliera un año de prisión, el Tribunal de Apelaciones ya ha dictado jurisprudencia al respecto.
Intentos millonarios en busca de la libertad
FIANZAS NEGADAS
Un año después de permanecer preso en la cárcel de Miami, Florida, EE.UU., el junio 12 de 2018 Ricardo Martinelli fue extraditado a Panamá para responder por el caso de los pinchazos telefónicos que la Corte Suprema inició en septiembre de 2015. El 11 de febrero de 2019 el Tribunal de Apelaciones, conformado por los magistrados Ruth Aizpú, Diego Fernández y Yiles Pittí, negó la petición de fianza. La defensa alegaba su avanzada edad de 66 años y afecciones de salud. En esa misma ocasión, sus abogados propusieron una fianza por $500 mil, la prohibición de salida del país que respaldaban con la entrega de su pasaporte para disuadir los temores del Tribunal ante el peligro de fuga que pesa sobre el acusado, firmar cada 15 días, el uso de un localizador electrónico y que permanecería escoltado por agentes del Servicio de Protección Institucional. Para tranquilidad de las víctimas, la defensa ofreció como alternativa que se le impusiera una medida de alejamiento. Pero no fue suficiente para convencer a los magistrados.
Unos días antes, el juez de garantías Justo Vargas había negado la excarcelación del exmandatario alegando que la situación del detenido no había variado desde su extradición. Una de las razones principales que motivó al juez a tomar esta decisión fue que Martinelli no enfrentó el caso de manera voluntaria.
El 10 de septiembre de 2018, fue la primera vez que el Pleno de la CSJ negó una petición de fianza. La decisión resultó con el salvamento de voto de cuatro de los nueve magistrados.
En aquella oportunidad, la estrategia legal consistió en ofrecer una fianza entre $250 mil a $500 mil. El alegato apuntaba a la condición de salud y garantizaba que permanecería en el país para enfrentar el juicio.
Antes, en agosto de 2017 en Estados Unidos, el juez Edwin Torres, del Distrito Sur de la Florida, negó a la defensa del exmandatario una fianza de excarcelación, petición que se expuso de distintas formas.
Torres respondía así a una jugosa fianza en la que se garantizaban $7 millones respaldados con bienes, pago a los guardias jubilados que lo cuidarían, control de sus medios de transporte y permanecer en casa con un brazalete electrónico.
El juez estadounidense justificó la decisión aduciendo que Martinelli es un hombre rico, con nexos importantes en distintas partes del mundo que había cultivado siendo presidente, que posee un yate, un avión y otras posibilidades que le ayudarían a evitar el proceso.
La defensa de Martinelli intentó revertir la decisión de Torres ante el Tribunal de Atlanta. El 13 de febrero de 2018, la juez Marcia Cooke otorgó una fianza de excarcelación que conmutó por un arresto domiciliario. La fianza era por un millón de dólares, e incluía una serie de accesorios propuestos por Martinelli con el fin de eliminar dudas sobre cualquier peligro de fuga. Entre ellos, se haría cargo del pago de los guardias que vigilarían su mansión ubicada en Sunrise Terraces, se sometería a un estricto control de movilización monitoreado por el brazalete electrónico y pondría a disposición del gobierno su avión privado, helicópteros, yate, pasaporte.
El 12 de marzo de 2019, se inició en Panamá el juicio oral contra el expresidente en el Sistema Penal Acusatorio, a cargo del juez Roberto Tejeira.
FUENTE: La Estrella de Panamá